¿Eres víctima de violencia política en razón de género, o conoces a alguien que posiblemente lo sea?
Esta puede ser verbal, psicológica, patrimonial, económica, física, entre otros tipos; y la pueden perpetrar el Estado, los partidos políticos, los medios de comunicación, las y los colegas de trabajo, un particular o un grupo de personas, etc.
Conductas
- I. Incumplir las disposiciones jurídicas nacionales e internacionales que reconocen el ejercicio pleno de los derechos políticos de las mujeres;
- II. Restringir o anular el derecho al voto libre y secreto de las mujeres, u obstaculizar sus derechos de asociación y afiliación a todo tipo de organizaciones políticas y civiles, en razón de género;
- III. Ocultar información u omitir la convocatoria para el registro de candidaturas o para cualquier otra actividad que implique la toma de decisiones en el desarrollo de sus funciones y actividades;
- IV. Proporcionar a las mujeres que aspiran u ocupan un cargo de elección popular información falsa o incompleta, que impida su registro como candidata o induzca al incorrecto ejercicio de sus atribuciones;
- V. Proporcionar información incompleta o datos falsos a las autoridades administrativas, electorales o jurisdiccionales, con la finalidad de menoscabar los derechos políticos de las mujeres y la garantía del debido proceso;
- VI. Proporcionar a las mujeres que ocupan un cargo de elección popular, información falsa, incompleta o imprecisa, para impedir que induzca al incorrecto ejercicio de sus atribuciones;
- VII. Obstaculizar la campaña de modo que se impida que la competencia electoral se desarrolle en condiciones de igualdad;
- VIII. Realizar o distribuir propaganda política o electoral que calumnie, degrade o descalifique a una candidata basándose en estereotipos de género que reproduzcan relaciones de dominación, desigualdad o discriminación contra las mujeres, con el objetivo de menoscabar su imagen pública o limitar sus derechos políticos y electorales;
- IX. Difamar, calumniar, injuriar o realizar cualquier expresión que denigre o descalifique a las mujeres en ejercicio de sus funciones políticas, con base en estereotipos de género, con el objetivo o el resultado de menoscabar su imagen pública o limitar o anular sus derechos;
- X. Divulgar imágenes, mensajes o información privada de una mujer candidata o en funciones, por cualquier medio físico o virtual, con el propósito de desacreditarla, difamarla, denigrarla y poner en entredicho su capacidad o habilidades para la política, con base en estereotipos de género;
- XI. Amenazar o intimidar a una o varias mujeres o a su familia o colaboradores con el objeto de inducir su renuncia a la candidatura o al cargo para el que fue electa o designada;
- XII. Impedir, por cualquier medio, que las mujeres electas o designadas a cualquier puesto o encargo público tomen protesta de su encargo, asistan a las sesiones ordinarias o extraordinarias o a cualquier otra actividad que implique la toma de decisiones y el ejercicio del cargo, impidiendo o suprimiendo su derecho a voz y voto;
- XIII. Restringir los derechos políticos de las mujeres con base a la aplicación de tradiciones, costumbres o sistemas normativos internos o propios, que sean violatorios de los derechos humanos;
- XIV. Imponer, con base en estereotipos de género, la realización de actividades distintas a las atribuciones propias de la representación política, cargo o función;
- XV. Discriminar a la mujer en el ejercicio de sus derechos políticos por encontrarse en estado de embarazo, parto, puerperio, o impedir o restringir su reincorporación al cargo tras hacer uso de la licencia de maternidad o de cualquier otra licencia contemplada en la normatividad;
- XVI. Ejercer violencia física, sexual, simbólica, psicológica, económica o patrimonial contra una mujer en ejercicio de sus derechos políticos;
- XVII. Limitar o negar arbitrariamente el uso de cualquier recurso o atribución inherente al cargo que ocupe la mujer, incluido el pago de salarios, dietas u otras prestaciones asociadas al ejercicio del cargo, en condiciones de igualdad;
- XVIII. Obligar a una mujer, mediante fuerza, presión o intimidación, a suscribir documentos o avalar decisiones contrarias a su voluntad o a la ley;
- XIX. Obstaculizar o impedir el acceso a la justicia de las mujeres para proteger sus derechos políticos;
- XX. Limitar o negar arbitrariamente el uso de cualquier recurso o atribución inherente al cargo político que ocupa la mujer, impidiendo el ejercicio del cargo en condiciones de igualdad;
- XXI. Imponer sanciones injustificadas o abusivas, impidiendo o restringiendo el ejercicio de sus derechos políticos en condiciones de igualdad, o
- XXII. Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres en el ejercicio de un cargo político, público, de poder o de decisión, que afecte sus derechos políticos electorales.
La violencia política contra las mujeres en razón de género se sancionará en los términos establecidos en la legislación electoral, penal y de responsabilidades administrativas.
Las víctimas de violencia política tienen derechos.
Derechos de las víctimas:
- A ser tratada sin discriminación y con respeto.
- A recibir información y asesoría.
- A ser atendida de forma gratuita, oportuna y efectiva.
- A contar con medidas de protección eficaces cuando su vida, integridad personal o libertad sean amenazadas o estén en riesgo en razón de su condición de víctima y/o del ejercicio de sus derechos.
- A la protección de su intimidad contra injerencias ilegítimas.
- A conocer el estado de los procesos judiciales y administrativos en los que tenga un interés como interviniente.
- A una investigación pronta y eficaz que lleve, a la identificación y enjuiciamiento de los responsables de violaciones a sus derechos humanos.
- A ser notificada de las resoluciones de medidas de ayuda y reparación integral que se dicten.
- A la reparación integral del daño.
Ejemplos de VPMRG
«Rosa quería registrarse como candidata a diputada, pero su compañero de partido, a propósito, le dio mal la información para que no pudiera hacer su registro.»
«En el periódico local circula un artículo diciendo que Carmen no será buena funcionaria porque tiene un hijo, pero no está casada.»
«Aunque María es la presidenta municipal, no la dejan entrar a las sesiones del cabildo porque dicen que las mujeres sólo deberían de estar en sus casas.»
Ruta de atención
Existen, principalmente, tres vías para denunciar violencia política contra las mujeres en razón de género: en el partido político en el que militas, ante cualquier órgano del Instituto Nacional Electoral (incluyendo sus representaciones locales), y de manera penal, en la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales. Ninguna es excluyente ni requisito para presentar alguna de las otras dos denuncias.
Nosotras te recomendamos ir al INE o a sus representaciones locales a presentar tu denuncia, y comenzar el Procedimiento Especial Sancionador (PES), ya que a través de este la atención es inmediata, además de que brinda medidas cautelares a la víctima en un plazo de cuatro horas.
Asimismo, es importante mencionar que la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas brinda acompañamiento a las personas de comunidades o pueblos indígenas en estos procesos.
Dentro de mi partido político
Cuando existan conductas que constituyan VPMRG al interior de los partidos políticos, estos deben de conocer, investigar, sancionar, reparar y erradicar, dichas conductas.Acrónimo: FXM
Sede nacional: Avenida Viaducto Tlalpan, No. 8, Col. San Lorenzo Huipulco, Alcaldía Tlalpan, CDMX.
Sitio web: http://www.fuerzapormexico.org.mx
Teléfono: Información no disponible en su página oficial.
Órgando de justicia intrapartidaria: Información no disponible en su página oficial.
Órgano encargado del ejercicio y protección de los derechos de las mujeres: Información no disponible en su página oficial.
Acrónimo: MORENA
Sede nacional: Santa Anita No. 50, Col. Viaducto Piedad, Alcaldía. Iztacalco, CDMX
Sitio web: https://www.morena.si/
Teléfono: 55 3684-3118
Órgano de justicia intrapartidaria: Comisión Nacional de Honestidad y Justicia
Sitio web: https://www.morenacnhj.com/
Teléfono: 55-7334-3846
Órgano encargado del ejercicio y protección de los derechos de las mujeres: Información no disponible en su página oficial.
Acrónimo: MC
Sede nacional: Louisiana No. 113, Col. Nápoles, Alcaldía Benito Juárez, CDMX.
Sitio web: https://movimientociudadano.mx
Teléfono: 55 1167-6767
Órgano de justicia intrapartidaria: Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria
Teléfono: Ext: 1019
Órgano encargado del ejercicio y protección de los derechos de las mujeres: Mujeres en Movimiento
Teléfono: Ext: 3050
Acrónimo: PES
Sede nacional: Calle Romero, No. 114, Interior C 303, Col. Niños Héroes, Alcaldía Benito Juárez, CDMX.
Sitio web: http://pesnacional.org/
Teléfono: 55 6378-3546
55 6378-3545
Órgando de justicia intrapartidaria: Información no disponible en su página oficial.
Órgano encargado del ejercicio y protección de los derechos de las mujeres: Información no disponible en su página oficial.
Acrónimo: PRD
Sede nacional: Benjamín Franklin No. 84, Col. Escandón, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX.
Sitio web: https://www.prd.org.mx/
Teléfono: 55 1085-8000
Órgano de justicia intrapartidaria: Órgano de Justicia Intrapartidaria
Sitio web: http://justiciaintrapartidaria.prd.org.mx/
Teléfono: 55 6235-4868
Órgano encargado del ejercicio y protección de los derechos de las mujeres: Organización Nacional de Mujeres del PRD
Sitio web: https://enlacemujeresonmprd.org/
Acrónimo: PAN
Sede nacional: Av. Coyoacán No. 1546 Col. Del Valle, Alcaldía Benito Juárez, CDMX.
Sitio web: https://www.pan.org.mx/
Teléfono: 55 5200-4000
Órgano de justicia intrapartidaria: Información no disponible en su página oficial.
Órgano encargado del ejercicio y protección de los derechos de las mujeres: Promoción Política de la Mujer
Teléfono: Ext: 3256
Correo: [email protected]
Acrónimo: PRI
Sede nacional: Av. Insurgentes Norte No. 59, Edif. 2, 1er. Piso, Col. Buenavista, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX.
Sitio web: https://pri.org.mx/ElPartidoDeMexico/
Teléfono: 55 5729-9600
55 5541-9100
Órgano de justicia intrapartidaria: Comisión Nacional de Justicia Partidaria
Teléfono: Ext. 2633, 4612
Órgano encargado del ejercicio y protección de los derechos de las mujeres: Organismo Nacional de Mujeres Priistas
Dirección: Insurgentes Nte. No. 59, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX.
Acrónimo: PT
Sede nacional: Av. Cuauhtémoc No. 47, Col. Roma norte, Alcaldía. Cuauhtémoc, CDMX.
Sitio web: http://partidodeltrabajo.org.mx/2017
Teléfono: 55 5525-2727
55 5525-8419
Órgando de justicia intrapartidaria: Información no disponible en su página oficial.
Órgano encargado del ejercicio y protección de los derechos de las mujeres: Información no disponible en su página oficial.
Acrónimo: PVEM
Sede nacional: Calle Loma Bonita No. 18, Col. Lomas Altas, Alcaldía Miguel Hidalgo, CDMX.
Sitio web: https://www.partidoverde.org.mx/
Teléfono: 55 5257-0188
55 5257-0156
Órgando de justicia intrapartidaria: Información no disponible en su página oficial.
Órgano encargado del ejercicio y protección de los derechos de las mujeres: Información no disponible en su página oficial.
Acrónimo: RSP
Sede nacional: Paseo de la Reforma No. 295, Col. Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX.
Sitio web: https://www.redessocialesprogresistas.org/
Teléfono: Información no disponible en su página oficial.
Órgando de justicia intrapartidaria: Información no disponible en su página oficial.
Órgano encargado del ejercicio y protección de los derechos de las mujeres: Coordinación Nacional de Mujeres
Correo: contactorsp.rsp@ gmail.com